Las edificaciones mayores a cinco mil metros cuadrados de superficie del terreno tendrán como obligación participar en el programa.
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Con el objetivo de promover y fomentar la reducción de emisiones contaminantes, el gobierno de la Ciudad de México (CDMX) publicó el nuevo programa de Certificación de Edificaciones Sustentables (PCES), que buscará hacer uso eficiente de los recursos naturales durante el diseño, construcción y operación de las edificaciones en la ciudad.
Su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México deja sin efectos al programa creado desde 2008 y contempla la inclusión de más géneros de edificaciones, así como una actualización de los criterios de sustentabilidad y la integración de una vertiente obligatoria.
El programa está dirigido a las edificaciones de la ciudad en etapas de diseño, construcción y operación que estén destinadas a los usos siguientes: habitacional, comercial, de servicios, recreativos, espectáculos y usos mixtos.
El proceso de certificación consiste en cuatro etapas:
Asimismo, el Programa de Certificación de Edificaciones Sustentables prevé contar con tres categorías de certificación, como lo son: cumplimiento, eficiencia y excelencia, las cuales se alcanzan de acuerdo con el puntaje obtenido derivado de la aplicación de los criterios de sustentabilidad. Los certificados cuentan con una validez de tres años y pueden ser revalidados en periodos posteriores, siempre y cuando se conserven o mejoren las condiciones por las cuales recibieron dicho certificado.
El programa cuenta con 124 criterios agrupados en los rubros de: Acción en la Comunidad, Agua, Aire y Movilidad, Biodiversidad, Calidad de Vida a Usuarios, Energía, Materiales y Residuos, Redes eficientes de Energía y Responsabilidad Social.
Además, este programa cuenta con una vertiente obligatoria en la cual la DGEIRA, a través de las autorizaciones en materia de impacto ambiental, determinará la participación de aquellas edificaciones que por la magnitud de sus impactos ambientales deban participar en el programa.
De acuerdo con lo publicado en la Gaceta Oficial, las edificaciones para las cuales se determine su participación obligatoria en el programa serán seleccionadas considerando los siguientes criterios:
a) Mayores de cien mil metros cuadrados de construcción.
b) Mayores de cinco mil metros cuadrados de superficie del terreno.
c) Si en el predio y/o el área de influencia del proyecto se encuentran zonas de patrimonio natural y/o cultural tangible y/o intangible.
d) Si se identifica pueblo o barrio originario o comunidad indígena residente en el área de influencia del proyecto.
e) Si la edificación es un gran consumidor de agua y/o es gran generador de residuos.
f) Si el predio en el que se encuentra la edificación es parte de un polígono de actuación cuya superficie sea mayor a cinco mil metros cuadrados.
g) Si el predio en el que se encuentra la edificación es resultado de una fusión de predios cuya superficie sea mayor a cinco mil metros cuadrados.
h) Aquellas que determine la SEDEMA a través de la DGEIRA derivado de su proceso de evaluación en materia de impacto ambiental.
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